Esta es la diferencia entre senadores y representantes a la Cámara
Las elecciones legislativas tienen como propósito escoger un nuevo Congreso conformado por dos cámaras: el Senado y la Cámara de Representantes.
En Colombia hay dos categorías de congresistas: senador y representante a la Cámara. El primero, que tiene mayor jerarquía y se elige por circunscripción nacional, es decir todos los colombianos podemos votar para elegirlo.
Mientras que el segundo, se elige por circunscripción departamental, distrital en el caso de Bogotá o especial en el caso de las circunscripciones indígenas.
El Senado tiene una representación más nacional, es decir que un senador puede representar a todos los colombianos dentro de una bancada partidista, mientras que la Cámara de Representantes tiene una circunscripción más local, por ejemplo los representantes a la Cámara de Bogotá tiene que defender proyectos de ley que defiendan los derechos de los bogotanos, que pueden ser muy diferentes a los intereses de La Guajira”, explica Eugenie Richard, docente investigadora de la Universidad Externado.
Si bien los senadores y representantes a la Cámara tienen las mismas funciones constitucionales, sus atribuciones varían en algunos casos.
La Cámara de Representantes tiene las siguientes funciones:
Elegir al Defensor del pueblo.
Estudiar las denuncias que se presenten y acusar ante el Senado cuando amerite a los llamados “aforados”.
Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen y comisionar para la práctica de pruebas.
Por su parte, el Senado tiene la obligación de:
Admitir la renuncia del presidente o vicepresidente en caso de que se requiera.
Conceder licencias temporales al Jefe de Estado para separarse de su cargo.
Improbar o aprobar ascensos a militares de alto rango proferidos por el Gobierno.
Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y al Procurador general de la Nación.
Estudiar las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país, llamados “aforados”.
Para ser elegido senador, se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad, a la fecha de la elección.
Mientras que para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección.
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