miércoles, 16 de octubre de 2019

Asamblea Departamental (Colombia)

Asamblea Departamental (Colombia)

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Las Asambleas Departamentales en Colombia son instituciones públicas de carácter político y administrativo que gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio. Están conformadas por no menos de 11 diputados ni más de 31,1​ elegidos por voto directo y universal para un periodo de cuatro años,2​ con posibilidad de ser reelectos de forma inmediata. Ellas emiten ordenanzas y resoluciones de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial. Su equivalente en las ciudades son los concejos municipales y en las comunas o localidades son las juntas administradoras locales. En sentido amplísimo, su equivalente a nivel nacional es el Congreso que es el único órgano legislativo del Estado Colombiano por ser un estado unitario.
Bogotá, la capital, es el único ente que no tiene representación en alguna asamblea departamental debido a que está organizada como distrito capital gozando de autonomía para la gestión de sus intereses.3

Miembros[editar]

Los miembros de la Asamblea Departamental se denominan diputados, son elegidos mediante votación popular. Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos, y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

Asambleas por departamento[editar]

Amazonas[editar]

En el departamento de Amazonas la Asamblea está compuesta por 11 diputados, con representación de los siguientes partidos:4

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