viernes, 15 de noviembre de 2019

¿Qué significa a quo y ad quem?

¿Qué significa a quo y ad quem?

En efecto, en las sentencias de los tribunales y las altas cortes solemos encontrar los términos ad quem y a quo, y no nos detenemos en su significado, tal vez porque del contexto en que se utilizan se puede inferir su significado, o a lo que se refieren.
Por ejemplo, en el siguiente aparte de una sentencia de la sala laboral de la Corte suprema de justicia podemos «adivinar» qué es lo que la corte quiere decir al utilizar dichos términos:
«Advierte la Sala una falencia técnica en la demanda de casación, puesto que en el alcance de la impugnación se pide la anulación de los fallos de primera y segunda instancia, lo cual es errado, debido a que, salvo la casación per saltum, el recurso extraordinario debe dirigirse a combatir los fundamentos de la sentencia de segundo grado.
No obstante lo anterior, dicha deficiencia es superable, en la medida que la Corte entiende que lo que pretende la censura es el quiebre del fallo del ad quem, para que, en sede de instancia, se revoque el del a quo y, en su lugar, se acceda a los pedimentos de la demanda inicial.»
Aquí se pueden identificar los pasos que el demandante a recorrido:
  1. Presenta la demanda en el juzgado (primera instancia)
  2. El resultado le es desfavorable y presenta la apelación ante el tribunal (segunda instancia)
  3. El resultado le vuelve a ser desfavorable y presenta la demanda de casación ante la Corte suprema de justicia, y es en esta instancia, por así decirlo, que la corte utiliza estos términos.
Aquí se configura una estructura jurídica jerárquica: a quo -> ad quem.
  • El a quo se refiere el juez que ha emitido una sentencia frente a la cual se ha interpuesto un recurso o apelación.
  • El ad quem hace referencia al juez superior (tribunal en este caso) frente al que se interpone el recurso o la apelación.
Es decir que el ad quem es quien resuelve la apelación que se presenta contra la sentencia del a quo.
Gráficamente lo podemos resumir así:
a-quo-ad-aquem
Los términos a quo y ad quem son latinos, y Wikipedia los explica de la siguiente forma:
«un juez o tribunal que la ha dictado (juez o tribunal a quo); un juez o tribunal que conoce del recurso (juez o tribunal ad quem); y una nueva resolución que puede confirmar, modificar, revocar o invalidar la resolución recurrida.»
En otras palabras, ad quem se está refiriendo a la sentencia del tribunal emitida luego de revisar la sentencia del a quo, es decir, la sentencia emitida por el juez de primera instancia que fue puesta a consideración del tribunal ad quem.

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