sábado, 17 de agosto de 2019

Bien y cosa

COSA: 

En sentido general:
Todo lo que existe en la naturaleza es cosa a excepción del ser humano. Cosa es todo ser corpóreo o incorpóreo apropiable o inapropiable por el hombre, perceptible o no por los sentidos, ocupe o no un espacio físico en la naturaleza.
Ej: las cosas eléctricas, el medio ambiente, el sonido, la energía solar, una silla, una máquina, son cosas en sentido general.

En sentido particular:
La palabra cosa designa todo aquello susceptible de apropiación por el hombre, entonces, el concepto de sonidos, alta mar, son cosas en sentido general pero no particular, ya que no son susceptibles de apropiación.
BIEN

En cambio la palabra bien tiene un significado muy preciso para el derecho civil, solamente la cosa que está dentro del patrimonio de un sujeto de derechos y que tiene características pecuniarias merecen el calificativo de bien.

Esto para hacer la diferencia de varios doctrinantes, pero para el C.C. cosa y bien son sinónimos.
Última modificación: Friday, 12 de June de 2015, 17:38

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