MASACRE - definicion
Concepto Tesis: «Concepto de masacre No existe en la legislación interna ni en la foránea conocida una definición de masacre, para tipificar sobre esa base un delito autónomo. En general, se trata a la manera de un concurso de homicidios y de lesiones personales, agravados por diferentes causales, a menudo la indefensión de las víctimas. Según el diccionario de la Real Academia Española (RAE), masacre significa “Matanza de personas por lo general indefensas”. El verbo masacrar es definido por la RAE como la acción de “cometer una matanza humana o asesinato colectivo”. En el Diccionario de Derecho Usual de G. CABANELAS, respecto de la palabra masacrar se expresa: “Galicismo por matar o asesinar, especialmente en gran cantidad; como en las persecuciones terroristas, en acciones bélicas, en saqueos de poblaciones, etc.”. En concepto de BADILLO GRAJALES: “Una masacre es un tipo de asesinato que consiste en asesinar varios individuos al mismo tiempo e indiscriminadamente y que se caracteriza especialmente porque las víctimas se presentan indefensas ante ese ataque del que son objeto, es decir, no disponen de la posibilidad de defenderse. Generalmente, esta modalidad de asesinato es perpetrada por una persona o un grupo que dispone de un cuantioso armamento que le facilita el ataque a varios blancos a la vez. Entonces, la principal característica que ostenta este asesinato es la desigualdad de condiciones que existe entre atacante y víctima, estando como indicábamos ésta última en inferiores condiciones siempre. Y el otro rasgo distintivo es que normalmente presentan una enorme carga de alevosía, crueldad y violencia.” En aquel contexto, una masacre podría adecuarse típicamente en un concurso de homicidios agravados, homicidios en persona protegida o, en el delito de genocidio, cuando ello fuere procedente».
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