martes, 31 de marzo de 2020

La Fábula de las abejas

La Fábula de las abejas

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The Fable of the Bees (1705).jpg
La Fábula de Las Abejas: o, Vicios Privados, Beneficios Públicos es un libro de Bernard de Mandeville, que consiste en el poema Las Murmuraciones de la Colmena: o, Los Bribones se vuelven Honestos, junto con la prosa de discusión del poema. El poema fue publicado en 1705, y el libro apareció por primera vez en 1714.1​ El poema sugiere muchos de los principios claves del pensamiento económico, incluyendo la división del trabajo y la "mano invisible", setenta años antes de que estos conceptos fueran completamente dilucidados por Adam Smith.2​ Dos siglos más tarde John Maynard Keynes cita a Mandeville para mostrar que no había "nada nuevo ... en atribuir los males del desempleo ... la insuficiencia de la propensión a consumir",3​ una condición también conocida como la paradoja de la frugalidad, que fue el centro de su propia teoría de la demanda efectiva.

Puntos de vista económicos[editar]

Mandeville hoy es generalmente considerado como un economista y filósofo serio.4​ Produjo un segundo volumen de La Fábula de las Abejas en 1729,5​ con un amplio conjunto de diálogos que establecen sus puntos de vista económicos. Sus ideas sobre la división del trabajo están inspiradas en las de William Petty, y son similares a las de Adam Smith,6​(que, sin embargo, critica duramente a Mandeville7​) o Ayn Rand en The Virtue of Selfishness. Adam Smith repitió el principio del proyecto mandevilliano librándolo de su dimensión provocadora. En The Wealth of the Nation, reemplaza la palabra "vicio" por "amor propio".
La obra, que se vio afectada por las ideas libertinas que se desarrollaban en Europa, quiere ser una crítica a una sociedad hipócrita del inició del desarrollo industrial, que presenta como virtuoso ocultar sus vicios, que, paradójicamente, según Mandeville, son necesarios para el bienestar colectivo de la sociedad.
Fueron precisamente estos aforismos paradójicos los que estimularon a la imaginación colectiva para dar celebridad a la obra de Mandeville. En ella se argumenta que es la búsqueda de la satisfacción de los vicios (como el lujo, la extravagancia, la envidia, la lujuria, etc.) la que desarrolla y hace prospera a la sociedad, ya que su búsqueda pone en marcha el aumento en el consumo de los más ricos, ayudando a circular dinero y aumentar el trabajo para las clases más pobres.
Aquellos que basan su existencia de acuerdo con el virtuoso principio de contentarse con su condición, de hecho, llevar sus vidas en la resignación y la pereza, dañando la producción industrial, haciendo que crezca la pobreza de la nación y obstaculizando el desarrollo que llevó a Inglaterra a la revolución industrial.89
Jean-Jacques Rousseau comentó La fábula de las abejas en la primera parte de su Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres (1754).
Con todo, la teoría de Mandeville es mucho más radical, argumentando que una sociedad no puede al mismo tiempo tener moralidad y prosperidad, y que el vicio, entendido como la búsqueda de su propio interés, es la condición de la prosperidad.

Argumento[editar]

La Fábula de las Abejas desarrolla en una veta satírica la tesis de la utilidad social del egoísmo. Continúa, prefigurando a Nietzsche, que todas las leyes sociales son el resultado de la voluntad egoísta de los débiles para apoyarse mutuamente protegiéndose del más fuerte. Sobre el tema explica en la Fábula de las abejas que "el trabajo de un millón de personas terminaría pronto, si no hubiese otro millón que consumiera su trabajo (...). Si uno roba 500 o 1.000 guineas a un viejo avaro que, rico poseedor de casi 100.000 libras esterlinas, gasta solo 50 al año, es seguro que tan pronto como este dinero sea robado, circulará en el comercio y que la nación gana con este robo. Se deriva la misma ventaja que si la misma suma viniera de un arzobispo piadoso que la donara al público."
Su tesis principal es que las acciones de los hombres no pueden separarse en hechos nobles y acciones viles, y que los vicios privados contribuyen al bien público, mientras que las acciones altruistas pueden ser realmente dañinas para el bien común. Por ejemplo, en el campo económico, dice que un libertino actúa por vicio, pero que "su prodigalidad da trabajo a sastres, sirvientes, perfumistas, cocineros y mujeres de mala vida, que a su vez emplean panaderos, carpinteros, etc. ". Entonces, la rapacidad y la violencia del libertino benefician a la sociedad en general. Sin embargo, también considera que los pobres deben sacrificarse usando el baño y trabajando para permitir que los ricos se deshagan de su dinero.
Los vicios de los individuos son elementos necesarios para el bienestar y la grandeza de una sociedad. Inglaterra se compara con una colmena corrupta pero próspera, que se queja, sin embargo, de su falta de virtud. Cuando Júpiter les otorga la virtud que demandaban, la consecuencia es una rápida pérdida de prosperidad, aunque a la nueva colmena virtuosa no le importa, y el triunfo de la virtud le cuesta la vida a miles de abejas.

Ver también[editar]

Referencias[editar]

  1.  http://oll.libertyfund.org/index.php?option=com_staticxt&staticfile=show.php%3Ftitle=846&layout=html#chapter_66840
  2.  Smith no citar Mandeville en "la Riqueza de las Naciones", pero Edwin Cannan, editor de la edición de 1904, notas en varios lugares en donde Smith parece haber sido influenciado por Mandeville. Ver notas en Smith, 1904 en las páginas 3, 10, 12, 14, y 102. Adam Smith estaba familiarizado con Mandeville del trabajo temprano, como lo explica en su Teoría de los Sentimientos Morales: Parte VII, Sección II, Capítulo 4 ("De la licenciosa de los sistemas); en línea.
  3.  Keynes, 1964, ch. 23, sec. vii, pág. 358.
  4.  Vandenberg, Phyllis. «Bernard Mandeville (1670–1733): Influence on Economic Theory»Internet Encyclopedia of Philosophy. Consultado el 3 de febrero de 2015.
  5.  Bernard Mandeville, F. B. Kaye (ed.
  6.  La Riqueza de las Naciones, Glasgow Edición, nota a pie de página p. 27, sección I. ii.3
  7.  En su Teoría de los sentimientos morales, Adam Smith juzga el sistema moral de Mandeville como "totalmente pernicioso" en su tendencia: "Aunque las opiniones del autor son en casi todos los puntos erróneas", continúa Smith, "hay, sin embargo, algunas apariciones en la naturaleza que, cuando se consideran de cierta manera, parecen a primera vista confirmarlas. Descrito y exagerado por la elocuencia viva y acre, aunque áspera y cruda, del Dr. Mandeville, le han dado a su doctrina un aire de verdad y probabilidad muy facil de imponer a las mentes inexpertas. (Adam Smith, Teoría de los sentimientos morales).
  8.  Riccardo Donati, Le ragioni di un pessimista. Mandeville nella cultura dei Lumi, ETS, 2011.
  9.  Mauro Simonazzi, Le favole della filosofia. Saggio su Bernard Mandeville, Franco Angeli, 2008.

Bibliografía[editar]

Enlaces externos[editar]

lunes, 23 de marzo de 2020

¿Es lo mismo seguridad social y prestaciones sociales?

¿Es lo mismo seguridad social y prestaciones sociales?

La tradición de trabajo informal en Colombia ha llevado a que existan muchos errores a la hora de contratar un trabajador. Uno de esos es que no se cotiza al sistema de seguridad social ni se pagan las prestaciones sociales correctamente cuando el trabajo es por días. Es clave saber que la seguridad social no se puede obviar, así el contrato de trabajo sea por días. Cambios legislativos en los últimos dos años han visibilizado este problema y ahora está claro que es indispensable conocer las obligaciones como empleador. No importa que el trabajador sea de servicio doméstico, ya que se han reconocido iguales derechos a las trabajadoras de aseo doméstico. Este reconocimiento incluye también el reconocimiento de la prima de servicios por parte del empleador.
Es obligatorio afiliar al sistema integral de seguridad social (salud, pension y riesgos laborales) a cualquier persona que trabaje por días. Esto incluye trabajadores del servicio doméstico, jardineros, meseros, porteros, entre otros.
Para muchas personas ha sido difícil de poner en práctica esta medida (decreto 2616) que rige desde 2013. La principal ventaja de esta medida es que se pensó para beneficiar a 650 000 trabajadores de servicio doméstico en Colombia, que aún no han sido afiliados a seguridad social.

¿Es lo mismo seguridad social y prestaciones sociales?

No. Aunque ambas son obligaciones que se derivan de un contrato de trabajo, no son lo mismo. Las prestaciones sociales son los beneficios que reconoce el empleador a los trabajadores. Estas reconocen el servicio prestado y su contribución en la generación de ingresos y utilidades a los empleadores (sean personas naturales o jurídicas). Las prestaciones sociales son las cesantías, intereses a las cesantías y las primas de servicio. Deben reconocerse por parte del empleador a favor del trabajador, independiente del tiempo de vinculación laboral.
Por su parte, los aportes a seguridad social son aquellos pagos realizados a entidades del sistema de seguridad social para que el trabajador se encuentre cubierto respecto de cualquier contingencia que pueda ocurrir durante la vigencia del contrato de trabajo (protección en salud, riesgos laborales y pensión).

Lee también: Mucho más que una empresa de aseo: el aporte de Hogaru a Colombia


Toda relación laboral cubre estos dos aspectos: afiliación a seguridad social y pago de prestaciones sociales. En 2016 se firmó el decreto 2616 de 2013, el cual facilita la afiliación de los trabajadores que laboren menos de 30 días al mes y devenguen menos de un salario mínimo mensual legal vigente. Esto permite la cotización a la seguridad social por semanas, el cual aclara las afiliaciones a seguridad social en Colombia. Este decreto beneficia a dos tipos de personas:
Primero, beneficia a trabajadores vinculados con contrato escrito que trabajen periodos mensuales de menos de 30 días. No importa si la persona trabaja varios días a la semana o el horario que maneje.
Segundo, beneficia a trabajadores que ganen menos de un salario mínimo mensual vigente. Pueden realizar las cotizaciones de acuerdo al tiempo efectivamente laborado. Esto tiene que ver con que el contrato laboral puede ser verbal, y se conforma cuando se acuerda un número de días de trabajo semanal, así como tareas por cumplir.

¿A qué tiene derecho alguien que trabaja dos días a la semana?

Según la norma:
  • Si se trabaja entre 1 y 7 días en un mismo mes: el empleador debe realizar los aportes a caja de compensación, pensión, ARL y salud, equivalente a una semana.
  • Para las personas que trabajan entre 8 y 14 días: el empleador debe pagar lo ya mencionado por periodo de dos semanas de trabajo.
  • Para quienes trabajan entre 15 y 21 días del mes, el pago es equivalente a 3 semanas.
  • Si son 22 días o hasta un mes, la liquidación de aportes a seguridad social es correspondiente a todo el mes.

¿De cuánto son los pagos del empleador, exactamente?

Según el Ministerio de Trabajo, el pago para una semana y a partir de un salario mínimo mensual, el pago de caja de compensación, ARL, salud y pensión corresponde a $28.000. Para el pago correspondiente a dos semanas: $56.000. Para el pago correspondiente a tres semanas: $84.000.
Es importante tener en cuenta: de estos pagos, el de la pensión es compartido. El empleador asume el 12% y el trabajador el 4% de la cotizacion.

¿Y si el trabajador labora por días con varios empleadores, quién paga?

Cada empleador debe reconocer lo que le corresponde. Es decir, cada empleador, así sea un trabajo de un día a la semana, debe hacer los aportes respectivos a la seguridad social según lo que el trabajador haga por contrato. El riesgo: multas del Ministerio de Trabajo por incumplimiento de obligaciones en calidad de empleador, hasta por 5000 SMMLV. También multas de la UGPP, por omisión en la afiliación y pago de aportes a seguridad social y parafiscales.
Es posible la multiafiliación de un trabajador a cajas de compensación y ARL. Sin embargo, para pensión y salud, el trabajador solo puede estar afiliado a una entidad, así tenga varios empleadores que hagan los aportes juiciosamente. En todos los casos, el trabajador debe informar sobre a qué entidad se encuentra afiliado, para evitar registros repetidos.

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Este video explica el caso concreto de las empleadas domésticas por días.


¿Qué es Pensiones y Cesantías?

Al momento en que un trabajador cesa sus actividades laborales tiene la opción de acceder a ciertos beneficios económicos otorgados por el Estado y/o la empresa donde se haya desempeñado durante un tiempo, entre ellos se encuentra las pensiones y cesantías, reguladas por Colpensiones o las AFP privadas. Para entender realmente la utilidad de estos servicios, es adecuado preguntarse ¿qué es pensiones y cesantías?

¿Qué es Pensiones y Cesantías?

¿Qué es Pensiones y Cesantías?

Las pensiones son prestaciones sociales a las cuales se puede acceder si se cumplen determinados requisitos o condiciones que representen un motivo de compensación por imposibilitar la actividad laboral. Esto puede darse debido a invalidez, muerte, vejez, incapacidad laboral, entre otros tipos de pensiones.
La pensión es atribuida por la Seguridad Social, y se representa mediante un pago mensual y vitalicio a una persona o familiar, que haya trabajado activamente registrado en el Seguro Social de su país.
La posibilidad de acceder a la pensión y el valor monetario que tendrá dependen del ahorro pensional que haya realizado el trabajador a lo largo de sus años de servicio, es decir, si solo cubrió las cotizaciones obligatorias o si además hizo aportes voluntarios en una AFP; independientemente si trabajó dentro de una entidad pública o privada.
Por su parte, las cesantías son una prestación social que es responsabilidad del empleador, quien deberá pagar a sus trabajadores el equivalente a un mes de salario por cada año trabajado de los mismos, y en caso de que no hayan cumplido los 12 meses completos, deberá pagar el equivalente correspondiente. Este pago se realiza al cese de la relación laboral.
Sin embargo, si dicho trabajador cuenta con un salario integral que sobrepase los 10 salarios mínimos vigentes, el empleador no se verá en la obligación de realizar el pago de cesantías al cese de la relación laboral.
El principal objetivo de las cesantías es el de, como su nombre lo indica, otorgar un seguro o ayuda al trabajador en caso de cesar sus actividades laborales, es decir, terminar sus servicios y entrar en el desempleo, ya sea por despido o renuncia, de manera pueda suplir sus necesidades primarias durante un tiempo.
No obstante, según la Ley Colombiana, el trabajador puede solicitar sus cesantías antes de la fecha de pago correspondiente, para pagarse o pagar a un familiar lo estudios superiores, o como apoyo para adquirir una vivienda.

Requisitos de las Pensiones y Cesantías

Los requisitos para solicitar al Estado el pago de una pensión variarán según el tipo de pensión que se requiera. Por ejemplo, para solicitar una pensión por jubilación se deben haber cumplido 1.300 semanas cotizadas y haber alcanzado los 60 años para los hombres, y 57 años para las mujeres. Con nombradas excepciones.
Además, es importante comenzar desde una edad temprana con el ahorro pensional dentro de los AFP, ya sean privados o público, Colpensiones, lo que permitirá mayores posibilidades de cumplir con las cotizaciones requeridas o solventarlas personalmente y acceder a más opciones para la pensión.
Para acceder al pago de cesantías, es requerido trabajar en una entidad pública o empresa privada bajo contrato laboral. Entonces, automáticamente el empleador deberá pagar el equivalente a un salario mensual por cada año de trabajo.
Hay dos maneras de retirar el dinero acumulado en las cesantías ya sea totalmente o parcialmente. Al retirarlo totalmente, el trabajador deberá presentarse en la Administradora de Cesantías que le corresponda, retirar la totalidad del dinero acumulado y cancelar su cuenta, esto sucede cuando el contrato de trabajo con la empresa, o con el afiliado, ha finalizado o al empezar a recibir un salario integral mensual.
La otra manera es el retiro parcial de las cesantías, dado por motivos de mejora o compra de vivienda y pagos de educación superior. De esta manera, aunque se puede dejar la cuenta en cero, no se realiza una cancelación, por lo que las cesantías se seguirán acumulando.

En conclusión, las pensiones y cesantías son ambos beneficios económicos establecidos con la finalidad de garantizar la protección de los trabajadores, ya sea que hayan cesado sus actividades laborales en una empresa o hayan completado su ciclo laboral.

Cómo pueden reclamar su pensión alimentaria los adultos que no la recibieron de niños

Cómo pueden reclamar su pensión alimentaria los adultos que no la recibieron de niños




La Corte y una experta en derecho familiar aclaran si esto beneficiará a más personas y de paso, que es la pensión alimenticia y como se solicita.


Cuartoscuro/Archivo.
PorArturo Ángel
10 de febrero, 2017
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La semana pasada la Suprema Corte resolvió un caso de un adulto que demandó a su padre porque no le dio pensión alimenticia cuando era niño. Los ministros concluyeron que el afectado tenía razón, que el derecho a la pensión no se acabó aun cuando él ya era mayor y que debía recibir el apoyo que no recibió en su infancia.

Pero tras la decisión de la Corte, ¿esto significa que todos los adultos podrán demandar ahora lo mismo?

Además, ¿qué es exactamente una “pensión alimenticia”?, ¿cómo se demanda?, ¿se necesita un abogado?, ¿Cuánto tarda el proceso? ¿Qué pasa si el padre no reconoce a sus hijos?

Adultos podrán demandar a sus padres la pensión alimentaria que no recibieron de niños: SCJN

Animal Político consultó a la Maestra en Derecho Familiar y Directora General del centro de Apoyo a la Mujer Margarita Magón A.C. Rocío Corral Espinosa Monsivais, así como a la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Aquí las respuestas:
¿La pensión alimenticia… son solo alimentos?

Aunque a la pensión alimenticia se le denomina comúnmente “alimentos” no comprende solo dinero para comida. Espinosa Monsivais explica que se trata en realidad de todos los recursos necesarios para adquirir también ropa, calzado, medicinas, esparcimiento, educación, útiles escolares.

“No es solo comida sino todo el recurso económico relacionado con la manutención de un hijo” precisa la abogada.
¿Quién tiene derecho a una pensión?

El derecho a la pensión lo tienen los hijos por una condición legal que se denomina “filiación”. Se obtiene en el nacimiento independientemente si los padres están casados o no.

“La filiación es la relación jurídica que hay de papás y mamás con relación a las hijas y a los hijos. Es una obligación inherente a la filiación y no depende de nada más” dijo la maetsra.
Si el padre nunca ha reconocido su paternidad… ¿puede exigírsele que pague una pensión?

Dado que el derecho a la pensión se obtiene de forma automática con el nacimiento (derecho por filiación), la obligación sobre los padres existe aun cuando alguno de ellos se niegue a reconocer civilmente a su hijo. Lo que hay que iniciar es una demanda distinta previa a la pensión.

“La falta de reconocimiento de la paternidad es una forma de violencia familiar muy recurrente y se hacía para no dar alimentos pero la Corte se ha pronunciado por la existencia de un juicio de reconocimiento en el cual se acredita la paternidad y en automático se realiza el de la pensión alimenticia” señala la experta.

En el juicio de reconocimiento de paternidad se recurre (de ser necesario) a una prueba de ADN para confirmar el parentesco. Una vez que se confirma, añade la abogada, se determina un pago retroactivo (un monto equivalente a lo que no se ha cubierto) correspondiente desde el nacimiento del hijo.

“Si el padre en cuestión se niega a hacerse la prueba la ley faculta para que se declare en automático la filiación y el reconocimiento del hijo



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¿Cómo iniciar una demanda de pensión alimenticia?

La demanda se presenta ante un juzgado familiar que normalmente se encuentran en la sede o subsedes de los Tribunales de Justicia. Hay que entregar un escrito en el que se plantee la necesidad de obtener la pensión alimenticia y con ello inicia el litigio.

Cuando son menores de edad los beneficiados, la demanda la debe presentar a su nombre su representante que de facto es uno de sus padres. Si el beneficiado es mayor puede presentarla el mismo.
¿Qué pruebas hay que aportar en una demanda de pensión?

Principalmente el acta de nacimiento de las hijas o los hijos, el acta de matrimonio si es que los padres estaban casados, y documentos que prueben donde trabaja la persona demandada si es el caso.
¿Se necesita un abogado o todo el proceso es gratis?

Forzosamente se necesita un abogado dado que se trata de un juicio en el que se requiere una representación jurídica. En caso de que no se cuente con recursos para contratar uno el Estado tiene obligación de asignar uno de oficio.

En el caso específico de la Ciudad de México el Tribunal Superior cuenta con una ventanilla que se llama “alimentos por comparecencia” (avenida Juárez número 8 colonia Centro), donde se puede llegar con los documentos iniciales para solicitar el inicio de la demanda y ahí se gira una instrucción al área de Defensoría de Oficio para que se asigne un defensor gratuito.

También existen asociaciones civiles como el Centro de Apoyo a la Mujer Margarita Magón A.C. que pueden brindar asesoría sobre cómo proceder legalmente y dar algunas recomendaciones como, por ejemplo, el iniciar un juicio de custodia junto con el de alimentos.
¿Cuánto dura un juicio de pensión alimenticia?

De acuerdo con la experta consultada el tiempo de los juicios varía dependiendo del caso específico, habiendo casos que se resuelven en ocho meses mientras que otros se postergan por años. La buena noticia es que con que se admita la demanda el juez de inmediato establece una obligación de pago provisional con lo que se evita que los beneficiarios queden desamparados.
¿Cómo se cobra el dinero de una pensión de alimentos y cuánto me toca?

El monto de una pensión alimenticia se calcula de dos formas por el juez y depende de cada caso. Cuando no hay como corroborar ingresos fijos del padre se hace a través de una cantidad determinada de “salarios mínimos”, mientras que cuando hay un sueldo fijo lo que se establece es un porcentaje que se retiene vía nómina.

“En promedio cuando es vía nomina se establece un 15 por ciento del sueldo que se retiene por cada hijo. Si son dos hijos es un 30 por ciento” indica la abogada.

El pago se hace a través de retiros automáticos vía nómica en caso de que el padre esté empleado o de depósitos bancarios.
¿Una madre puede ser demandada también para el pago de una pensión?

Sí pero solo si ella tiene a su cargo la responsabilidad económica y trabaja fuera de casa. No obstante, de acuerdo con la Maestra Espinosa Monsivais, estos casos son una minoría.
¿Qué pasa si no se paga la pensión?

“El incumplimiento de la pensión alimenticia desafortunadamente es una de las formas de violencia familiar más comunes de todas. Es un tema de violencia recurrente porque se piensa que con la pensión la mujer puede mantener cosas superfluas lo cual es totalmente falso” dijo Espinosa Monsivais.

Si aun con una decisión de un juez el padre no cumple con el pago esto se reporta al juez quien puede imponer un pago retroactivo, es decir, acumulado por lo que se debe o no se ha pagado e incluso puede ordenar el embargo de bienes del padre que no ha cumplido como garantía de pago.
Antes de la decisión de la Corte, ¿había adultos que podían reclamar una pensión?

Si pero solo bajo el argumento de que el beneficiado estuviera estudiando, por ejemplo, estudios de educación media superior o superior, y que su edad fuera correspondiente con ello.

“Los códigos civiles establecen que tienen derecho a recibir los alimentos los hijos que estén cursando estudios pero la Corte estableció que esto tenía que ser acorde con la edad. Es decir que si la persona tiene 40 años no podía demandar que le pagara la prepa o la maestría” señala la experta.
Entonces… ¿qué cambió con la nueva decisión de la Corte?

En el caso que la Corte resolvió la semana pasada (denominado amparo en revisión 1388/2016) la Corte resolvió que el derecho a la pensión alimenticia no se pierde con la edad por lo que si no fue cubierto, el padre deudor tiene la obligación de hacerlo aun cuando su hijo sea mayor de edad y sin que el tema de los estudios tenga relevancia.

“La posibilidad de reclamar el pago de los alimentos no se circunscribe a la esfera de la minoría de edad. Lo anterior es así, un adulto puede reclamar de sus padres el pago retroactivo de los alimentos que merecía y no recibió siendo menor de edad” informó la Corte.
¿Este beneficio entonces ya aplica para todos?

No. La decisión de la Corte solo beneficia a la persona que interpuso el amparo luego de que jueces civiles se negaron a admitir su demanda.

Sin embargo, lo anterior no obliga a otros jueces civiles a ya admitir las demandas de adultos que aleguen que no recibieron la pensión alimenticia cuando eran niños, de acuerdo con lo informado pro la Corte y por la experta consultada.

Para que lo anterior ocurra, añadieron en el Máximo Tribunal, tendrían que resolverse otras cuatro demandas de amparo en el mismo sentido para que esto cree una “tesis de jurisprudencia” y entonces sí, todos los juzgadores deban atenerse a ella.
Cuando sea un derecho para todos. ¿Cómo será el procedimiento?

De acuerdo con Espinosa Monsivais será un proceso casi idéntico al ya existente, Esto quiere decir que se deberá interponer una demanda ante un juez de lo familiar y si el proceso se resuelve a favor del afectado (quien tendrá que demostrar además del parentesco que no hubo apoyo de su padre demandado) entonces se establecería un pago retroactivo equivalente a todo el apoyo que no recibió.